BREVES CONSIDERACIONES RELATIVAS AL CONTRATO DE BUILD TO RENT o FORWARD FUNDING.

Barcelona, 2 de noviembre de 2020.

Susana Sandín. Socia Directora de SANDIN ABOGADOS Real Estate.

Según EUROSTAT, el 23,8% de los ciudadanos españoles vivía en alquiler en 2019, y esta cifra alcanzará el 30% en los próximos años. Uno de los mecanismos jurídicos que lo hará posible son los contratos Build to rent (BtR), también denominado Forward Funding.

En el BtR el vendedor-promotor se compromete a transmitir al comprador-inversor una promoción futura que tendrá una determinada rentabilidad que se materializará a través del alquiler, de modo tal que el comprador-inversor adquiere un edificio construido con determinadas calidades, completamente arrendado, y que genere una concreta rentabilidad. El BtR puede ser de vivienda (libre y pública), así como de otros usos más allá del residencial, desde espacios co-living, a residencias de estudiantes o de personas mayores, hasta oficinas, o incluso de uso mixto como co-woking y residencial.

Nuestra soca directora reflexiona sobre los contratos de Build to Rent en el artículo publicado en LEGAL TODAY que podreis encontrar en el siguiente enlace:

https://www.legaltoday.com/practica-juridica/derecho-mercantil/mercantil/breves-consideraciones-relativas-al-contrato-de-build-to-rent-o-forward-funding-2020-10-30/

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