LA LEY DE VIVIENDA: derecho de todos a costa de pocos.

30 de diciembre de 2021

A pocos días de que finalice el año, la Ley de Derecho a la Vivienda sigue pendiente de aprobación. La falta de obtención de un informe del CGPJ sería el motivo de que la ley acumule un nuevo retraso.

Previsiblemente, el texto se enviará al Congreso en enero para su tramitación parlamentaria, y una vez aprobado, entraría en vigor al día siguiente de su publicación en el BOE con alguna excepción como la limitación de precios, en vigor transcurridos 18 meses de aquélla.

Disponer de una ley de este tipo es un objetivo loable. Se trata de un derecho constitucional y de un bien de primera necesidad. Incluso, podríamos defender su oportunidad debido a que existe un problema real y perentorio de desequilibrio y de acceso a la vivienda que se sufre en las principales ciudades españolas, especialmente por los jóvenes y por las familias vulnerables.

Los problemas que esta ley pretende mitigar mediante incentivos y castigos fiscales, la limitación de precios y la ampliación de oferta de vivienda pública, no se han demostrado eficaces en los países donde se han implementado y requerirían importantes ajustes, además de cierta homogenidad en todo el territorio.

La actitud del Gobierno al redactar esta ley ha primado sobre el objetivo de la Ley misma. 

Le ha faltado un acto de reflexión profunda sobre las múltiples causas que han provocado el grave problema de acceso a la vivienda, de las que destacaría dos: las descuidadas políticas públicas de vivienda y, la lenta y farragosa burocracia.

Las primeras han convertido España en uno de los países de la UE con menor stock de vivienda pública. El 2,5% de las viviendas principales pertenecen a esta categoría, 6 puntos por debajo de la media de la UE y muy lejos del 30% de los países Bajos, o del 24% de Austria. Si hablamos de alquiler social, los datos son aún peores. Según la OCDE, las viviendas en alquiler social alcanzan el 1% del total, frente al 7,5% de media de la UE.

La farragosa burocracia alarga los procesos de construcción de viviendas hasta 24 meses, plazo que puede superar los 5 años si previamente ha habido un desarrollo urbanístico.

Por ello, esta ley, debería haber regulado obligaciones específicas dirigidas a los poderes públicos más allá de las poco ambiciosas actuaciones que contempla como la colaboración entre las administraciones, la ordenación urbanística, y una limitada colaboración público-privada.  

La ley podía haber incluido la obligación de los poderes públicos de identificar el patrimonio público del suelo y en lugar de retenerlo, donde haya demanda, ponerlo en carga y posibilitar la construcción de vivienda pública, incluida la destinada a alquiler social.

La misma importancia debía haber dado a la gestión de ese patrimonio, previendo un marco regulador general de colaboración público-privada que dotara de seguridad jurídica a los promotores y gestores de esas viviendas públicas.

Debería haber contemplado modificaciones en la Ley del Suelo que permitieran aligerar la burocracia en la construcción de viviendas, facilitar trámites y reducir plazos, posibilitando el inicio de la construcción en un plazo más corto, y de esta manera, el acceso a esa vivienda pública nueva en un plazo de aproximado de 1 año.

Pretender resolver el problema del acceso a la vivienda con una ley que no contempla mecanismos facilitadores para su cumplimiento que dependen de los poderes públicos, es un acto de frivolidad y arrogancia, más si cabe, si no va acompañado de otras medidas de carácter salarial, laboral, fiscal y procesal.

Este artículo se ha publicado por la revista inmobiliaria POR METRO CUADRADO el 30 de diciembre de 2021

https://xm2news.com/opinion-susana-sandin-ley-vivienda-derecho/

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